Marco legal

Marco legal

Las principales ordenanzas relacionadas a los tramites que se realizan ante la Secretaría de Planificación y Desarrollo Sustentable. Tambien puede consultar las distintas ordenanzas de zonificación en el siguiente mapa.

EDIFICACIÓN E IMPACTO AMBIENTAL

Regula los aspectos relativos a las obras particulares que se construyan dentro de la planta urbana.

Regula el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (E.I.A.)

Establece los principios rectores para el ordenamiento territorial de los bosques nativos de la Provincia. Toda intervención en el bosque nativo debe realizarse en el marco de esta normativa.

ASCENSORES

  • ORDENANZA 11.746/18 RELEVAMIENTO ASCENSORES

Encomienda a la Secretaría de Planificación y Desarrollo Sustentable la realización de un relevamiento sobre ascensores, montacargas, escaleras mecánicas y rampas móviles. Los propietarios de inmuebles que posean este tipo de instalaciones tienen un plazo de sesenta díaspara presentarse ante la Secretaría a fin de completar una planilla modelo.

  • ORDENANZA 11.745/18 OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES ASCENSORES

Establece obligaciones y responsabilidades para los propietarios de inmuebles que cuenten con medios de elevación mecánica, tales como ascensores, montacargas, escaleras mecánicas, rampas móviles, guarda mecanizada de vehículos o similares.

CONTENEDORES MARITIMOS CON FINES CONSTRUCTIVOS

  • ORDENANZA 11.750/18 CONTENEDORES CON FINES CONSTRUCTIVOS

Autoriza los contenedores de “tipo marítimo” con fines constructivos para casos específicos.

ZONIFICACIÓN PARA EL USO DEL SUELO

Regula los aspectos urbanísticos compatibles con un desarrollo económico y social en armonía con el entorno físico y cultural en el ejido municipal, excepto donde aplican ordenanzas particulares.

Regula los aspectos urbanísticos compatibles con un desarrollo económico y social en armonía con el entorno físico y cultural en el área de la Vega Plana y contiguas.

Regula los aspectos urbanísticos compatibles con un desarrollo económico y social en armonía con el entorno físico y cultural en el área de la Vega Plana y contiguas.

Regula los aspectos urbanísticos compatibles con un desarrollo económico y social en armonía con el entorno físico y cultural en el área del casco central.

Regula todo fraccionamiento de inmueble dentro del ejido municipal, con el fin de formar nuevas zonas, ampliar o modificar las existentes, toda división de lotes o subdivisión de los mismos, toda apertura de calles o avenidas, sean o no ampliación de las ya existentes, toda formación de plazas o espacios verdes, o libres para utilidad pública.

TARIFARIA VIGENTE

Las obligaciones fiscales consistentes en tasas, derechos y otros tributos que establezca la Municipalidad de San Martín de los Andes se regirán por las disposiciones de la ordenanza tarifaria vigente o por las correspondientes ordenanzas particulares.

CARTELERÍA EN ESPACIO PÚBLICO

La norma abarca toda leyenda, inscripción, símbolo, dibujo, u otro elemento gráfico realizado sobre estructuras aplicadas o autosoportadas fijadas sobre construcciones de cualquier carácter o implantadas en espacios públicos o predios privados ubicados dentro del ejido municipal de San Martin de los Andes, con fines comerciales o no, visibles desde la vía pública o espacios transitables por el público. También abarca los carteles interiores a los locales comerciales cuando aquellos sean instalados sobre las vidrieras.

OTROS

Establécese una restricción al uso de la tierra en las márgenes de los arroyos, medida a partir de su máxima creciente y las pautas establecidas por la misma.